Uruguay pide una reunión del Mercosur para analizar el impacto de la refoma laboral de Temer y "dumping social"

Preocupa ganancia de competitividad por medio de un "dumping social"



El Mercosur solicitará una reunión para convocar a una Comisión Administradora que evalúe la situación laboral en Brasil, tras la reciente aprobación de una ley que flexibiliza la legislación del trabajo en suelo brasileño.


“Si vale más un acuerdo individual que una ley o convenio, retrocedimos dos o tres siglos”

Así lo informó el canciller de Uruguay, Rodolfo Nin Novoa, que indicó que "el Mercosur tiene un protocolo laboral, una cláusula firmada por los cuatro países en 2015 sobre el derecho de los trabajadores". El ministro agregó que a Uruguay le preocupa la situación porque "es una manera de competir en base a la caída de los derechos laborales (...) por eso vamos a pedir una reunión en el marco de la cláusula que establece que dos veces por año se debe reunir una Comisión Administradora". Nin indicó que en un tratado negociado con Chile se incluyeron normas laborales para que el salario no se vuelva un "dumping social".

Por su parte, el ministro de Trabajo y Seguridad Social oriental, Ernesto Murro, indicó que la preocupación de Uruguay se manifestó mediante una nota al gobierno de Michel Temer: "si un acuerdo individual vale más que una ley o un convenio colectivo, un trabajador en debilidad va a acordar por debajo de lo que diga la ley, lo que generará que las empresas podrán competir en mayores ventajas con empresas y trabajadores uruguayos".

"Si vale más un acuerdo individual entre un empleado y un patrón que una ley o que un convenio, retrocedimos dos o tres siglos, y eso no será solo para los brasileños", recalcó el funcionario, que agregó: "Si en el Mercosur tenemos que hacer respetar distintos derechos y obligaciones, también tenemos que hacer respetar los derechos sociales y laborales".


“El Mercosur tiene un protocolo laboral, una cláusula fi rmada por los cuatro países en 2015”

La normativa brasileña establece, entre otros puntos, que las convenciones y acuerdos colectivos en las empresas prevalecerán sobre las disposiciones legales en temas como la división de las vacaciones hasta en tres veces o la duración de las pausas. También establece la posibilidad de una jornada de 12 horas de trabajo, con 36 horas ininterrumpidas de descanso.

Pero una de las medidas más polémicas, es que se permitirá pagar salarios sobre una base horaria o diaria, pero ya no mensual. Por otro lado, la ley crea la figura del trabajador autónomo exclusivo, que podrá prestar servicios a un único empleador pero sin vínculo laboral permanente, y que la rescisión de contratos podrá ser por "mutuo acuerdo" entre empleador y empleado, ya sin necesidad de validación sindical. También indica que dejará de ser obligatorio el aporte sindical.