Diputados aprobó que los restaurantes deban informar el valor calórico de sus platos

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Con la pendiente aprobación del Senado, el proyecto obliga a que en la carta aparezca la cantidad de calorías que posee cada menú

Al lado de cada plato deberá figurar la cantidad de calorías que tiene

La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado un proyecto de ley para obligar a los restaurantes y casas de comida rápida a incluir en sus menús el valor calórico de cada plato que ofrecen.

El proyecto, presentado por el diputado del Frente para la Victoria Mario Metaza indica que tanto en la cartelera de promoción como en las cartas de menús se deberá informar el valor calórico que posee cada plato elaborado o rápido con el mismo tamaño de letra que el nombre del mismo.

Además, los comercios deberán actualizar el valor calórico cada vez que se utilicen nuevos productos en la elaboración de platos de comida o que cambien el contenido de los mismos.

Para la implementación de la normativa, que será revisada en el Senado, se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse con la adecuación correspondiente para el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

Metaza indica en los fundamentos del proyecto que "el espíritu" es hacer valer el derecho de los consumidores a ser informados sobre el contenido calórico de aquellos platos de comida elaborados por restaurantes y los llamados "de comida rápida".



La propuesta considera la Declaración de Enfermedades No Transmisibles firmada por los integrantes de las Naciones Unidas, entre ellas la Argentina, donde los países se comprometieron a promover una alimentación adecuada, en especial en niños, fortaleciendo la capacidad de las personas de optar por alternativas más sanas