Con guiño electoral, la Corte no agendó fallos por reforma previsional ni coparticipación

El máximo tribunal publicó el cronograma de sentencias y sin incluir el reclamo de Santa Fe

Los fallos económicos podrían poner en duda las metas del ajuste acordado con el FMI



La Corte Suprema le dio aire al Gobierno al publicar ayer el cronograma de sentencias pautadas para el primer semestre en lo que respecta a temas relevantes, entre las que no incluyó la reforma previsional o la devolución de fondos coparticipables a Santa Fe.

Si bien fuentes tribunalicias aclararon que pueden tratarse asuntos por fuera de esa lista -la cual funciona como una suerte de guía para arrojar previsibilidad sobre los tópicos más importantes, ya que mientras "se dictan miles de sentencias por semana", señalan- se trata de un guiño al Ejecutivo en medio del clima de campaña electoral y tras haber fallado a favor de San Luis en un reclamo por $15.000 millones por recursos retenidos indebidamente para financiar a la Anses.

Es que la semana pasada, la Corte estableció el mecanismo para actualizar el monto que la Nación le debía a esa provincia e intimó a las partes a llegar a un acuerdo por el 15% de la distribución de impuestos que la Rosada se quedó durante años para cubrir el déficit del organismo previsional. El fallo original había sido emitido a fines de 2015 con el cambio de Gobierno e incluía también a Santa Fe. Por eso se especulaba tras la decisión sobre San Luis otra inminente sobre la primera, que estaría en condiciones de recibir otros $60.000 millones, una cifra mucho más significativa en medio del ajuste fiscal que pidió el Fondo Monetario Internacional.


Los casos que tratará en materia jubilatoria tienen un impacto acotado para el fisco

El hecho de que el máximo tribunal no haya estipulado una fecha para dar una sentencia sobre este último punto trae algo de alivio para los frentes abiertos del oficialismo en materia judicial.

Tampoco habría en principio, según se desprende de la publicación, definiciones sobre la reforma previsional que podrían ocasionar un agujero fiscal si se da de baja el cambio en la movilidad. Al máximo tribunal llegó un amparo individual contra la norma sancionada a fines de 2017, que también se encuentra en manos del Procurador General, con sentencia favorable en instancias previas. En la oposición creen que un fallo en contra voltearía cualquier intento de regresar a un sistema de capitalización o de reducir la tasa de sustitución al 30%, como pretende el FMI.

Donde sí habrá novedades en el frente previsional es si los jubilados deben pagar impuesto a las Ganancias, aunque es un universo acotado. El abogado Facundo Fernández Pastor calculó que "sólo el 5%" está alcanzado por el tributo y los que iniciaron juicio son apenas el 1%.

Por otro lado, la Corte también discutirá "los alcances de la legitimación del Defensor del Pueblo de la Nación quien promovió un amparo colectivo y si el Estado Nacional debe adoptar las medidas adecuadas para disponer un ajuste por movilidad en beneficio del colectivo de jubilados y pensionados, en los términos del precedente Badaro". Según Fernández Pastor, este fallo también tiene un impacto leve ya que comprende a quienes se hayan retirado bajo la ley 18.037, con lo cual "o se murieron, o son muy viejitos o ya hicieron el reclamo, por lo que casi tiene aplicación fáctica".

En total, la agenda para este primer semestre comprende 11 fallos, entre los que se encuentran el caso por la reelección de Sergio Casas en La Rioja y la ley de glaciares.